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martes, 4 de agosto de 2009

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Reclaman derogar el aumento del gas natural
7-7-2009
“El ajuste en el precio del gas deviene de un decreto irracional, absurdo y arbitrario”, aseguró el titular de la UCR, Gerardo Morales, quien presentó un proyecto para dejar sin efecto el aumento del cargo tarifario dispuesto por el gobierno nacional.





“Es necesario derogarlo inmediatamente para terminar con las desigualdades en territorio nacional”, aseguró el senador quien recibió este martes al mediodía el alta médica luego de una semana de autoaislamiento por síntomas compatibles con gripe.El senador nacional presentó un proyecto de ley para la derogación del decreto Nº 2067/08 y las resoluciones relacionadas del ministerio de Planificación y del ENARGAS, durante el año pasado, pero que ha sido aplicado recientemente.El radical solicita la derogación del Decreto dictado por el Poder Ejecutivo nacional en el marco de la Ley N°25.561, pero no cumpliendo con los requisitos de necesidad y urgencia prescriptos y confeccionado con arbitrariedad e irrazonabilidad “no sólo en su génesis –fundamenta- sino además en sus efectos, violentando los elementales derechos de propiedad, igualdad e información pertenecientes a los usuarios del servicio de gas domiciliario del país”.“Corresponde resaltar que la norma excede las potestades del Poder Ejecutivo el que, asumiendo facultades que son propias del Legislativo, crea un cargo tarifario para la integración de un Fondo Fiduciario destinado a satisfacer las importaciones de gas natural a futuro”, agrega el jujeño quien destaca que “dicho cargo no integra la tarifa y reviste las características de un tributo”.Según la ley vigente la tarifa se integra con el precio del gas en el punto de ingreso al sistema de transporte; el precio de transporte; y la tarifa de distribución. Sin embargo, destaca Morales, el decreto “se fundamenta en una cuestión extraña como es la necesidad de crear un fondo con asignación específica para hacer frente a eventuales necesidades de importación del hidrocarburo”.“Precisamente, dice el líder radical, la eventualidad señalada es ajena con el precio y determina la imposibilidad de encuadrarlo como la contraprestación debida por el usuario. No puede ni podría cuantificarse en modo alguno este déficit con anticipación (teniendo en cuenta que son “eventuales”) pues depende de hechos futuros e inciertos: nivel de demanda, niveles de producción local, precio del gas importado, condiciones meteorológicas, entre otros conceptos”.Con el decreto, asegura Morales, “el Estado Nacional traslada a los usuarios su deber y obligación de prestar un servicio público esencial que debe ser regular, seguro, de calidad, confiable y adecuado económicamente”.. “Debe instaurarse en nuestro derecho público como principio que los usuarios no deben estar obligados a financiar ineficiencias o imprevisiones del Estado Nacional en cuanto al abastecimiento suficiente de recursos energéticos y resguardarse en consecuencia a los mismos de tales imposiciones”, apuntó.Más aún, el senador Morales dice que el Decreto Nº 2067/08 es “arbitrario e irrazonable en cuanto a sus efectos toda vez que el mismo preve un aumento en las facturas que alcanza en algunos casos hasta el 300%”. “De la simple lectura -explica- de una factura de servicio de gas natural puede observarse la notable desproporción económica entre el cargo tarifario creado para atender las importaciones de gas natural (incluido el IVA aplicable al mismo) y el valor que deben pagar los usuarios por el gas efectivamente consumido.” “En la práctica, un usuario categoría R3-1, debe abonar más por el cargo tarifario que por el gas efectivamente consumido”, ejemplificó.“Mas que irrazonable –agrega- se torna absurdo. Por lo tanto, ante tan impactante aumento, estos usuarios se encuentran compelidos a no pagar, para poder preservar la economía del hogar y enfrentar más tarde, inexorablemente, el corte del servicio por falta de pago.”Morales, finalmente destaca en el proyecto de ley ingresado esta tarde que “la medida fue tan intempestiva, que los usuarios jamás tuvieron conocimiento de la misma con la antelación suficiente como para poder tomar los recaudos necesarios de ahorro en el consumo para no ser alcanzados por ella. Se violentó así el derecho de información consagrado por el artículo 42 de la Constitución Nacional y el artículo 4º de la Ley N° 24.240”.
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